miércoles, 10 de agosto de 2016

¿Qué es renuncia a la exoneración del I.G.V.?


La exoneración del IGV es un beneficio tributario para promover  el comercio y  la industria en distintos sectores. Un caso muy conocido es la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, en la que todas las operaciones que se realizan en la selva van a estar exonerados de tal impuesto.

Con este beneficio se supone que el costo va a hacer menor de los bienes, así la gente va a poder comprar mas cosas a un menor precio(imagínate, es menos 18%) resultando en una reactivación económica, laboral y de labor social.

Pero¿Porqué renunciar a este beneficio?

Muchos contribuyentes sueñan con disminuir el IGV, o que ya no exista por último. Que clase de contribuyente pediría pagar un tributo que no se le es exigido. ¿Está en su sano juicio?

Claro todo bien que los precios sean menos hasta aquí para las empresas y las familias. Pero el problema empieza cuando estas empresas compras bienes o servicios que están gravados al IGV, sabemos que esto genera un crédito fiscal. Este IGV de las compras no va a poder ser usado ya que no hay IGV de ventas. 

Entonces,¿Para qué me sirve el crédito fiscal?

Para nada, no podemos usarlo como contraparte del débito fiscal porque no existe. Este crédito fiscal se va a convertir en un  COSTO FINANCIERO. 

Seguro ya vas entendiendo por donde va la cosa. Para los contribuyentes que quisieran usar este crédito fiscal pueden solicitar su renuncia a la exoneración. Teniendo en cuenta que recién desde el  primer día que la empresa figura su renuncia, de ese día para adelante todas sus compras poseen el crédito fiscal, también a partir de ese día todas sus ventas están afectas al IGV.

Dato importante: Una vez aceptada la renuncia no hay vuelta atrás. Esta acción es definitiva e irrevocable.

Les dejo un video a modo de resumen.

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