Acreedor
Persona natural o jurídica que tiene derecho a reclamar el cumplimiento de una obligación.
Acreedor tributario
Es aquél en favor del cual debe realizarse el pago del tributo. El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales son acreedores de la obligación tributaria; así como las entidades de derecho público con personería jurídica propia, cuando la ley les asigne esa calidad expresamente.
Activo
i) Conjunto de bienes y/o derechos que posee una empresa de los que se espera obtener beneficios económicos.
ii) Desde el punto de vista financiero es la parte del balance de situación que refleja, en unidades monetarias, todas las partidas o cuentas donde figuran los bienes, derechos y otros recursos que la empresa posee y de los que espera obtener beneficios económicos.
Activo fijo
Conjunto de bienes duraderos de una empresa no destinados a la venta sino a permanecer en ella de manera indefinida. Son ejemplo de activo fijo las oficinas y fábricas.
Actualización de deuda tributaria
Procedimiento aritmético por el cual se determina el monto total de la deuda que un contribuyente mantiene con un acreedor tributario, agregándose a aquella los intereses moratorios según la tasa vigente que se hayan generado hasta la fecha de pago.
Adeudo tributario
Véase Deuda tributaria
Administración Tributaria
Término que se emplea para mencionar a los órganos estatales encargado de la administración de tributos, dotados de facultades legales de recaudación, fiscalización y otras. En el caso de los tributos de alcance nacional, cuando se menciona aquel término se entiende que se está haciendo referencia a la SUNAT.
Adquirente
Persona natural o jurídica a quien se transfiere la propiedad de un bien.
Agente de retención o percepción
Aquellos sujetos designados por ley, o, en su defecto, mediante decreto supremo que, por razón de su actividad, función o posición contractual estén en posibilidad de retener o percibir tributos y entregarlos al acreedor tributario.
Adicionalmente, los sujetos designados por la Administración Tributaria que considere que se encuentran en disposición para efectuar la retención o percepción de tributos.
Agente de retención del IGV
Contribuyente seleccionado por la SUNAT e inscrito en un registro habilitado, que debe retener el IGV a sus proveedores cuando estos le vendan un bien, o le presten un servicio, o cuando se celebre un contrato de construcción o la primera venta de un bien. Los proveedores que quieran realizar hacer operaciones con estos agentes de retención, están obligados a aceptar la retención del IGV.
Alícuota
Según la legislación tributaria peruana, es el valor numérico porcentual que se aplica a la base imponible para determinar el monto del tributo. Sólo puede aprobarse por medio de una Ley o un Decreto Legislativo.
Apelación
Recurso que presenta un contribuyente para impugnar ante el Tribunal Fiscal las resoluciones dictadas por una Administración Tributaria de alcance nacional, regional o local.
Aplazamiento
Concesión de una prórroga que permite al deudor realizar el pago de una deuda tributaria en una fecha determinada, posterior al plazo de vencimiento original.
Aporte a la ONP
La contribución al Sistema Nacional de Pensiones de los trabajadores aplicando un porcentaje a sus remuneraciones. Esta contribución se incorpora a un fondo previsional común que sirve para pagar pensiones por jubilación y otros conceptos, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Arrendamiento
Contrato mediante el cual el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida.
Arrendamiento financiero
Contrato por el cual una institución financiera debidamente autorizada, concede a una persona natural o jurídica el uso y disfrute de un bien de capital, adquirido por la mencionada institución al fabricante o proveedor señalado por el interesado y al solo efecto de este contrato.
Asociación en participación
Contrato por el cual una persona denominada asociante, concede a otra u otras personas denominadas asociados, una participación en el resultado o en las utilidades de uno o de varios negocios o empresas del asociante, a cambio de una determinada contribución.
Referencia: Artículos 440º al 444º de la Ley General de Sociedades."
Auditor tributario
Es el funcionario encargado de realizar el análisis de los registros contables, de la documentación sustentatoria y de la veracidad de lo informado en las declaraciones juradas de los contribuyentes.
Auditoría tributaria
Control crítico y sistemático que usa un conjunto de técnicas y procedimientos destinados a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustanciales de los contribuyentes. Se efectúa teniendo en cuenta las normas tributarias vigentes en el periodo a fiscalizar, para determinar la base imponible al período y tributo auditados, las infracciones y sanciones que correspondieran y la deuda tributaria actualizada.
Autovalúo
Fijación del precio o valor de un bien por parte del propio contribuyente o responsable sobre la base de los valores de construcción y arancelarios prefijados legalmente para el periodo de valoración. Este cálculo permite establecer la base imponible para la determinación de tributos, como es el impuesto predial.
B
Base imponible
Monto sobre el cual se aplica la tasa o alícuota de un tributo.
Bienes
Medios que satisfacen las necesidades humanas. Desde el punto de vista contable comprende el elemento material del cual dispone una empresa o entidad para lograr sus metas.
Bienes inmuebles
Aquellos de situación fija, no susceptibles de traslado.
Bienes muebles
Para efectos del Impuesto General a las Ventas, se entiende por bienes muebles a aquellos que pueden llevarse de un lugar a otro, así como los derechos referentes a los mismos.
C
Categoría Especial del Nuevo RUS
Es una de las categorías del Nuevo RUS que exonera de pago a los contribuyentes dedicados a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás en mercados de abasto o dedicados al cultivo de productos agrícolas y que los venden en estado natural; y cuyos ingresos brutos y adquisiciones anuales no exceden de S/.60,000.
Cierre de establecimiento
Sanción mediante la cual se impide la realización de actividades económicas en un establecimiento comercial, productivo o de servicios. Puede ser de carácter temporal o definitivo
CIIU
Clasificación Internacional Industrial Uniforme de las actividades económicas elaborada por la Naciones Unidas con la finalidad de establecer una codificación armonizada a nivel mundial.
Clave SOL Es la contraseña de acceso al Sistema de Operaciones en Línea SOL de la Sunat (Véase SOL). Se otorga a todos los contribuyentes cuando se inscriben en el RUC.
Comisar
Declarar que algo ha caído en comiso. Véase Comiso de bienes.
Comiso de bienes Es la sanción mediante la cual se afecta el derecho de posesión o propiedad del infractor, según sea el caso, sobre los bienes vinculados a la comisión de las infracciones sancionadas con comiso según lo previsto en las Tablas del Código Tributario
Compraventa Contrato en cuya virtud una de las partes llamada "vendedor", se obliga a transferir a la otra, llamada "comprador", la propiedad de un bien o la prestación de un servicio, comprometiéndose el comprador a recibirlo y pagar su precio en dinero.
Comprobante de Operaciones - Ley N° 29972 Tipo de comprobantes de pago que emiten las cooperativas agrarias cuando adquieren bienes muebles y/o servicios de sus socios. Permiten sustentar costo o gasto para efecto tributario.
Comprobante de pago Documento que acredita la transferencia de bienes, su entrega en uso, o la prestación de servicios. Para ser considerado como tal, el comprobante de pago debe ser emitido y/o impreso conforme a las normas del Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT.
Condonación Forma de extinción de la obligación tributaria por mandato expreso de una ley o de una norma con rango de ley. Una vez condonada la deuda deja de ser exigible.
Consolidación Forma de extinción de la obligación tributaria que ocurre cuando el acreedor de la obligación tributaria se convierte en deudor de la misma como consecuencia de la transmisión de bienes o derechos que son objeto del tributo.
Consultas institucionales Consultas por escrito que plantean a la SUNAT las entidades representativas de las actividades económicas, laborales y profesionales, y las entidades del Sector Público Nacional, sobre el sentido y alcance de las normas tributarias.
Consultas particulares Consultas por escrito que plantean a la SUNAT acerca del régimen jurídico tributario aplicable a hechos o situaciones concretas. Se regulan por el artículo 95°-A del Código Tributario y por las normas reglamentarias de un decreto supremo que se expida para ello.
Consumidor final Persona natural que adquiere un bien o servicio para su consumo, uso o disfrute en beneficio propio.
Contribución Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, como es el caso de la Contribución al SENCICO.
Contribución a EsSalud Tributo destinado al Seguro Social de Salud - EsSalud -organismo descentralizado del sector Trabajo y Promoción Social cuyo fin es dar cobertura de salud a los asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en salud, así como otros seguros en riesgos humanos.
Contribución Especial por Obras Públicas. Tributo que grava los beneficios derivados de la ejecución de obras públicas por la municipalidad.
Contribuyente
Es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria.
Crédito Fiscal del IGV
Es el monto del impuesto, consignado en un comprobante de pago emitido por la compra de un bien o servicio, y que puede descontarse al momento de determinar el impuesto a pagar, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos fijados en las normas del Impuesto general a las Ventas y normas conexas.
D
Débito fiscal del IGV
Es el monto del Impuesto General las Ventas que resulta de aplicar la tasa o alícuota del IGV al valor venta sumado de todos los bienes y servicios, gravados con el citado impuesto, vendidos dentro de un período mensual por un contribuyente determinado.
Declaración jurada
Es la manifestación de hechos que son comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por las leyes o reglamentos y que puede servir de base para la determinación de la obligación tributaria.
Declaración simplificada
Formulario electrónico que permite preparar y presentar en línea, con información mínima, la declaración y efectuar el pago de tributos internos, a través de la Internet.
Declaración rectificatoria
Tipo de declaración de carácter tributario mediante la cual se comunica la modificación de determinada información. Para que tenga calidad de rectificatoria debe presentarse en fecha posterior al vencimiento del plazo para presentar de la declaración jurada.
Delito tributario
Acción dolosa cuya descripción se encuentra en el Código Penal o normas conexas, que se puede manifestar en las siguientes modalidades: Defraudación fiscal, contrabando, elaboración y comercio clandestino de productos gravados, fabricación y falsificación de timbres, marcas, contraseñas, sellos, documentos en general, sobre cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Derechohabientes
Familiares del trabajador, pensionista u otro asegurado regular al EsSalud a quienes el empleador inscribe a través de SOL, de modo que accedan a las prestaciones que el EsSalud brinda.
Son derechohabientes:
-El/la cónyuge o concubino (a)
-El/la hijo(a) menor de edad o al mayor de edad incapacitado en forma total y permanente para el trabajo
-La madre gestante con respecto al hijo concebido, mientras dure el período de la gestación
Derogar
Dejar sin efecto una disposición legal.
Determinación de la obligación tributaria
Acto mediante el cual se verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, se establece la base imponible y la cuantía del tributo.
Determinación sobre base cierta
Determinación del monto de la obligación tributaria que efectúa la Administración Tributaria tomando en cuenta los elementos existentes que permitan conocer en forma directa el hecho generador de la obligación tributaria y la cuantía de la misma.
Determinación sobre base presunta
Determinación estimada por la Administración Tributaria cuando existen circunstancias especiales u ocurren supuestos atribuibles al deudor tributario que no permiten establecer la existencia y cuantía de la obligación porque se omiten, ocultan o no se exhiben los registros o información.
Deuda exigible
Deuda tributaria que puede dar lugar a acciones de coerción para su cobranza.
Deuda tributaria
Monto al que asciende la liquidación de los tributos, intereses y multas que debe ser pagada por un contribuyente o responsable.
Deudor tributario
Persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o responsable. Pueden ser deudores tributarios: la persona natural, sucesión indivisa, personas jurídicas, entidades de derecho público o privado, entre otros establecidos en las normas de cada tributo en particular.
Devolución
Restitución al contribuyente de lo pagado indebidamente o pagado en exceso.
Días calendario
Son todos los días de la semana, incluido sábado, domingo y feriados.
Días hábiles
Son los días de la semana, de lunes a viernes, sin considerar sábados, domingos, ni feriados ni los días fijados como inhábiles por el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo. Si en una norma hace referencia a días pero no especifica el tipo de días, se entiende que son días hábiles (útiles).
Documentos autorizados
Son comprobantes de pago, establecidos expresamente en el Reglamento de Comprobantes de Pago que permiten sustentar gasto o costo para efecto tributario y/o ejercer el derecho al crédito fiscal según sea el caso. Se requiere que en esos documentos al adquirente o usuario y se discrimine el impuesto. Algunos de ellos son el boleto de transporte aéreo, los documentos que emiten las entidades del sistema financiero y de seguros, y los recibos emitidos por los servicios públicos de energía eléctrica, agua potable y telefonía.
Domicilio fiscal
Es el lugar fijado por cada contribuyente para todo efecto tributario. Se registra en el RUC. Se ubica necesariamente dentro del territorio nacional.
Domicilio procesal
Dirección que puede señalar el deudor tributario al iniciar un procedimiento tributario para ser allí notificado con los actos propios del procedimiento. Debe estar ubicado dentro del radio urbano que señale la Administración Tributaria.
Drawback
Mecanismo por medio del cual, sobre una mercancía que se exporta, se reintegra todo o parte de los derechos aduaneros pagados sobre los insumos importados que se hayan utilizado en la producción de los bienes que ha exportado la empresa productora.
E
Ejecutor coactivo
Es el funcionario responsable de la gestión de la cobranza coactiva en una Administración Tributaria.
Ejercicio gravable
Período al que corresponden las operaciones, ingresos y otros conceptos gravados con un tributo. A efectos de la Ley del Impuesto a la Renta, el ejercicio gravable empieza el 1 de enero de cada año y finaliza el 31 de diciembre.
Elusión tributaria
Utilización de determinados medios por el deudor tributario con el objeto de reducir su carga tributaria sin transgredir la ley tributaria ni desnaturalizarla.
Embargo
Medida cautelar que adopta la Administración Tributaria para asegurar el resultado del proceso de cobranza de una deuda, y que recae sobre determinados bienes cuya disponibilidad se impide. Puede ser de carácter preventivo o definitivo.
Empleador
Toda persona natural, empresa unipersonal, persona jurídica, sociedad irregular o de hecho, cooperativa de trabajadores, institución privada, entidad del sector público nacional o cualquier otro ente colectivo, que remunere a sus trabajadores a cambio de un servicio prestado, bajo relación de subordinación.
Enajenación
Es la venta, permuta, cesión definitiva, expropiación, aporte a sociedades y en general, a todo acto de disposición por el que se transmita la propiedad de un bien o derecho.
Entrega en uso
Es el acto mediante el cual se pone a disposición de una persona (natural o jurídica) un bien a cambio de un pago o en forma gratuita. No implica transferencia de propiedad.
Evasión tributaria
Toda acción u omisión dolosa, violatoria de las disposiciones tributarias que tiene como objetivo la reducción total o parcial de la carga tributaria en provecho propio o de terceros. Corresponde a la descripción típica de un delito previsto en el Código Penal o de la Ley Penal Tributaria vigentes a la fecha de los hechos.
Exoneración
Liberación del cumplimiento de una obligación tributaria que otorga expresamente una ley.
Extinción de la obligación tributaria
Desaparición de la obligación de cumplir una prestación tributaria. Puede ocurrir cuando se produce el pago, la compensación, la condonación, la consolidación, o bien cuando se notifica una resolución de la Administración Tributaria respecto de deudas de cobranza dudosa o de recuperación onerosa.
F
Factura Tipo de comprobante de pago que se emite y entrega en las operaciones entre empresas o personas que necesitan acreditar costo o gasto para efecto tributario, sustentar el pago del IGV por la operación efectuada y poder ejercer, de esta manera, el derecho al uso del crédito fiscal. Puede emitirse de manera física o electrónica.
Factura electrónica
Es la factura que se emite por medios electrónicos desde el portal internet de la SUNAT o desde los sistemas del contribuyente habilitados y autorizados para su emisión.
G
Guía de Remisión
Documento que sustenta el traslado de bienes de un punto de partida a otro de llegada, mediante el uso de un medio de transporte, que puede ser del propietario de los bienes o de un tercero.
Guía de Remisión-Remitente
Tipo de guía que emite el propietario o poseedor de bienes al inicio del traslado cuando emplea su propio medio de transporte (transporte privado).
Guía de Remisión-Transportista
Tipo de guía que emite el transportista contratado para que traslade los bienes que le pertenecen a otras personas o empresas.
Guía Tributaria
Página web de Sunat dedicada a facilitar información y orientar al contribuyente mediante el uso de un lenguaje sencillo. Cuenta también con una página en Facebook con la misma denominación Guía Tributaria.
I
IGV
Ver Impuesto General a las Ventas
Impuesto
Tipo de tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado.
Impuesto a la Renta
Es un tributo que grava las ganancias provenientes del capital, del trabajo o de la combinación de ambos factores. En el Perú, se grava separadamente las rentas provenientes del capital (a un tasa proporcional), las rentas provenientes del trabajo (a tasas progresivas) y la renta empresarial a una tasa fija sobre la utilidad.
Impuesto a las Transacciones Financieras - ITF
Impuesto que grava las operaciones económicas y financieras que realizan los titulares de cuentas de ahorro y corrientes por medio del sistema bancario, como son: retiro y depósitos de dineroxxde una cuenta, excepto remuneraciones; comisiones bancarias por el pago de servicios públicos en ventanilla; giros o envíos de dinero; transferencias de dinero del exterior; comisión por emisión de chequera o por adquisición de cheque de gerencia.
Impuesto directo
Es aquel que incide directamente sobre el ingreso o patrimonio de las personas naturales y jurídicas. Por ejemplo, el Impuesto a la Renta. Los impuestos directos son declarados y pagados por quien soporta la carga tributaria.
Impuesto General a las Ventas
Impuesto que grava la venta en el país de bienes muebles; la prestación o utilización de servicios; los contratos de construcción; la primera venta de inmuebles y la importación de bienes.
Impuesto Temporal a los Activos Netos - ITAN
Impuesto que grava los activos netos de los contribuyentes del Régimen General cuyo valor sobrepasa el millón de Nuevos Soles; como son propiedades, maquinaria, equipos, vehículos que constituyen recursos de la empresa; a los cuales se le deduce las depreciaciones y amortizaciones admitidas por la ley del Impuesto a la Renta; la alícuota del impuesto se aplica sobre el exceso contado a partir del millón de nuevos soles.
Infracción tributaria
Es toda acción u omisión que implique la violación de normas tributarias, siempre que esté tipificada como tal en el Código Tributario o en otras leyes o decretos legislativos.
Internamiento temporal de vehículo
Es una sanción que consiste en el ingreso del vehículo del infractor en los depósitos o establecimientos que designe la SUNAT por un tiempo determinado. Al ser detectada una infracción sancionada con internamiento temporal de vehículo, la SUNAT levanta un acta probatoria en la que consta la intervención realizada.
ITAN
Ver Impuesto Temporal a los Acrtivos Netos
J
Jurisprudencia
Es una de las fuentes del derecho que surge de la confluencia de resoluciones sean judiciales o administrativas emitidas por la máxima instancia que se pronuncian de manera constante y coincidente fijando un criterio sobre determinadas materias.
Jurisprudencia de observancia obligatoria
Se denominan así las resoluciones emitidas y publicadas por el Tribunal Fiscal que interpretan de modo expreso y con carácter general el sentido de normas tributarias, así como las emitidas en virtud del artículo 102° del Código Tributario, siendo de observancia obligatoria para los órganos de la Administración Tributaria, mientras dicha interpretación no sea modificada por el mismo Tribunal, por vía reglamentaria o por ley. En la resolución correspondiente, el Tribunal Fiscal señalará que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria y dispondrá la publicación de su texto en el Diario Oficial.
L
Ley Marco del Sistema Tributario Nacional
Esta norma regula la estructura del Sistema Tributario Peruano, identificando tres grandes sub-conjuntos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados: los que constituyen ingresos del Gobierno Nacional; de los gobiernos locales; y, los de otras entidades públicas diferentes al gobierno nacional o la gobierno local. Fue aprobada mediante el Decreto Legisaltivo N° 771.
Liquidación de Compra
Tipo de comprobante de pago emitido por personas naturales y jurídicas cuando adquieren bienes o materiales a personas naturales productoras y/o acopiadoras de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, pesca artesanal y extracción de madera, de productos silvestres, minería aurífera artesanal, artesanía, desperdicios y desechos metálicos, desechos de papel y desperdicios de caucho, siempre que estas personas no otorguen comprobantes de pago al no tener número de RUC.
Estos comprobantes podrán sustentar gasto o costo para efecto tributario y ejercer el derecho al crédito fiscal, siempre que el impuesto (IGV) sea retenido y pagado por el comprador, quien queda designado como agente de retención.
M
Multa
Es la sanción pecuniaria (pago en dinero) que se aplica a los que cometen alguna de las infracciones señaladas en el Código Tributario o en otras normas vigentes. Se pueden determinar como un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), en función del impuesto calculado, del Ingreso Neto (IN) o del tributo omitido. Las multas no pagadas se actualizan aplicando la Tasa de Interés Moratorio (TIM) vigente.
MEPECO
Siglas que emplea la SUNAT para denominar a los Medianos y Pequeños Contribuyentes.
N
No habido
Condición que adquiere un contribuyente no hallado , que habiendo sido requerido por la SUNAT no cumple con declarar o confirmar su domicilio fiscal dentro del plazo legal otorgado.
No hallado
Condición que adquiere un contribuyente que es notificado con documentos tres veces y en fechas distintas por la SUNAT y se niega a recibirlos o da una dirección inexistente como domicilio fiscal para escapar del control tributario.
Nota de crédito
Documento que sirve para sustentar el otorgamiento de un descuento o bonificación o anulación, total o parcial, de la operación económica.
Notas de Crédito Negociables
Documentos valorados emitidos por la SUNAT a favor del contribuyente, por devolución de impuestos, o pagos indebidos o en exceso. Estos documentos representan un valor monetario determinado y se utilizan para el pago de obligaciones tributarias.
Notas de débito
Son documentos emitidos para recuperar costos o gastos incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión de la factura o boleta de venta, como intereses por mora u otros. Excepcionalmente, el adquirente o usuario puede emitir una nota de débito como documento sustentatorio de penalidades impuestas por incumplimiento contractual del proveedor, según conste en el respectivo contrato.
Notificación
Acto de dar a conocer formalmente al contribuyente una situación o hecho relacionado con la obligación tributaria. Puede realizarse por medios físicos o electrónicos.
P
PARAMETROS
Los montos máximos de: ingresos brutos, total de adquisiciones, consumo de energía eléctrica, consumo de servicio telefónico, precio unitario de venta y número de trabajadores por turno que aparecen en las tablas 1 y 2.
PERSONAS NATURALES
Tributariamente se denomina personas naturales a las personas físicas o individuales, incluyendo tanto a varones como a mujeres solteras, viudas o divorciadas y a las casadas que obtienen renta de su trabajo personal. Se considera también como persona natural para efectos de la obligación tributaria, las sociedades conyugales y las sucesiones indivisas.
PREDIOS
Se entiende por Predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al mar, los ríos y otros espejos de agua, así como las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que constituyan partes integrantes de dichos predios, que no pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la edificación.
R
RENTAS DE TERCERA CATEGORIA
El artículo 28º del D.S. 054-99-EF TUO de la Ley del Impuesto a la Renta señala que son rentas de tercera categoría las derivadas del comercio, industria, minería, explotación agropecuaria, forestal, pesquera, o de otros recursos naturales, prestación de servicios comerciales, industriales o de índole similar como transportes, hoteles, comunicaciones, sanatorios, construcción, depósitos, bancos, seguros, fianzas y en general, negocios habituales de compra y producción de bienes; de agentes mediadores de comercio, rematadores, martilleros, notarios y cualquier otra renta no incluida en las demás categorías.
S
SERVICIOS NO PROFESIONALES (OFICIOS)
EL Artículo 33° del D.S. 054-99-EF TUO de la Ley del Impuesto a la Renta Son rentas de cuarta categoría las obtenidas por:
a) El ejercicio individual, de cualquier profesión, arte, ciencia, oficio o actividades no incluidas expresamente en la tercera categoría.
b) El desempeño de funciones de director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares.
SUCURSALES Y AGENCIAS BANCARIAS AUTORIZADAS
La relación de agencias y sucursales autorizadas las podrá hallar en SUNAT Virtual www.sunat.gob.pe
T
TRANSFERENCIAS DE BIENES
Hecho o acción humana que produce efectos económicos por el que se transmite a otra u otras personas el dominio de una cosa o un derecho que nos pertenece. La venta, permuta, cambio, aporte a sociedades y, en general todo acto de disposición por el que se transmita el dominio. Glosario Tributario SUNAT, Lima 1993
U
UIT
Unidad Impositiva Tributaria: Es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, a fin de mantener en los mismos términos de poder adquisitivo las bases imponibles, deducciones, límites de afectación y demás aspectos monetarios de los tributos que considere conveniente el legislador.
UNIDAD DE EXPLOTACIÓN O ESTABLECIMIENTO
Se considera como unidad de explotación a cualquier lugar donde el contribuyente desarrolla su actividad empresarial, entre otros, el local comercial o de servicios, sede productiva, depósito o almacén, oficina administrativa.